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Sobre tarifas de peaje y suspensión de incrementos contractuales, explica la CCI

Peajes

En relación con los anuncios del Ministerio de Transporte sobre la suspensión temporal del ‘incremento contractual’ de las tarifas de ocho peajes en seis concesiones, la Cámara Colombiana de la Infraestructura hace las siguientes apreciaciones:

• Las tarifas de los peajes viales están reguladas por el Gobierno a través del Ministerio de Transporte y los contratos de concesión suscritos con la ANI.

• Para mantener el valor del dinero en el tiempo, las tarifas de todos los peajes viales, al igual que los precios de los bienes y servicios de la economía, son indexadas cada año con base en la variación del Índice de Precios del Consumidor (IPC).

• De otro lado, existen también los denominados ‘incrementos contractuales’ que se causan una vez el Estado ha recibido a satisfacción obras financiadas y construidas por los privados -en cabeza de los concesionarios- tales como túneles, puentes, viaductos, segundas calzadas o terceros carriles. Dichas obras reducen los tiempos de viaje y los costos logísticos.

• En enero de 2023, el Gobierno suspendió la indexación de las tarifas de peajes y de los ya referidos ‘incrementos contractuales’, mediante la expedición del Decreto 050. Para corregir tal decisión, el propio Gobierno ha realizado varios ajustes, por medio de los cuales se pretende la normalización por inflación.

• Valga precisar, que el anuncio del Ministerio de Transporte, en el sentido de acordar con los concesionarios la suspensión temporal del incremento de las tarifas en ocho peajes de seis concesiones, corresponde exclusivamente al ya referido ‘incremento contractual’, y no a la habitual indexación por IPC, la cual sigue su curso normal.